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¿Cómo impacta a la actividad científica la cancelación de los fideicomisos federales?

Escribo esta colaboración el día anterior al cumplimiento del plazo establecido por el presidente de la República para la extinción de los fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos. De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril, los fideicomisos que se afectarían son los de carácter “público federal”, que no cuentan con estructura orgánica. De mandato se salvan los fideicomisos constituidos por ley o decreto legislativo, y aquellos “que sirvan como mecanismos de deuda pública, o que tengan como fin atender emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones.” (Artículo 5).

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Las universidades ante la pandemia: el caso de la BUAP

Ante el implacable crecimiento de la pandemia del coronavirus, las universidades públicas del país no sólo están preocupadas por la continuidad del ciclo escolar y el cumplimiento de trámites administrativos. Varias de ellas, con los recursos a su alcance, están coadyuvando con las autoridades sanitarias para la atención de las personas afectadas. Aquellas que tienen hospitales están sumando sus instalaciones y personal a la infraestructura de las entidades federativas correspondientes. En otros casos, los cuerpos académicos de investigación especializados procuran coordinarse para integrar proyectos de estudio y desarrollo de utilidad frente a la contingencia.

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Autonomía y leyes orgánicas universitarias: casos prácticos

En otras colaboraciones me he referido al problema del procedimiento para reformar las leyes orgánicas de las universidades autónomas por ley en términos del dilema del candado y la llave: ¿cómo evitar que las instancias facultadas para iniciar reformas legales presenten motu proprio iniciativas de reforma que afectan las materias garantizadas por el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?, que es el tema del candado, y ¿cómo hacer posible que las universidades autónomas reformen sus propias leyes orgánicas sin transgredir el procedimiento autorizado en las normas constitucionales de la federación y los estados?, que es el tema de la llave.

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Por una universidad con perspectiva de género

En los últimos meses la problemática de la violencia de género, en sus distintas vertientes, ha sido objeto de expresión y protesta en varias universidades del país. De especial visibilidad el caso de la UNAM porque la movilización de las estudiantes ha implicado la suspensión de actividades en varios de los planteles de la institución. El pasado 12 de febrero el Consejo Universitario aprobó reformas al Estatuto General de la Universidad para establecer que la violencia de género se considere una falta “especialmente grave de responsabilidad”. Se autorizó también la ampliación del número de vocales permanentes en el Tribunal Universitario para garantizar la paridad y promover un mejor tratamiento de los casos que se denuncien ante ese órgano.

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¿Qué pasa en la UNAM?

En los últimos meses han ocurrido en la Universidad Nacional una serie de paros, toma de instalaciones y suspensión de actividades en varias de las entidades de la institución, principalmente en las escuelas del bachillerato. Al momento de escribir esta colaboración se mantienen en suspensión cuatro planteles de la UNAM: las preparatorias Tres, Siete y Nueve, así como la Facultad de Filosofía y Letras.

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De autonomía universitaria: candados y llaves

La autonomía universitaria consiste en un conjunto de atribuciones, facultades, obligaciones y responsabilidades determinadas por el Estado, en el ámbito federal o en el correspondiente a las entidades federativas, con la finalidad de brindar a las universidades públicas condiciones de autorregulación para potenciar la calidad y pertinencia de sus funciones de docencia, investigación y difusión cultural con sustento en los principios de libertad de cátedra, de investigación y de expresión de ideas. No obstante, el rango autonómico entre las universidades que gozan de la prerrogativa es variable. Sus atributos específicos han sido fijados por la legislatura que autorizó la autonomía de la institución correspondiente y plasmados en su respectiva ley orgánica.

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Autonomía universitaria: el candado y la llave

El sábado 4 de enero el Congreso de Nayarit aprobó reformas a la Ley Orgánica de la universidad autónoma del estado conforme a la iniciativa entregada por el gobernador, Antonio Echevarría García, el 30 de diciembre. Dicha reforma dispone cambios en la forma de elección de rector mediante la creación de un Colegio de Elección, que será encabezado por el presidente del Patronato Administrador del Impuesto Especial Destinado a la Universidad. Además, se aprobó la creación de “redes empresariales” de la UAN para ampliar las fuentes de financiamiento de la institución. La iniciativa fue aprobada con 20 votos a favor, solo uno en contra y tres abstenciones.

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Eliminar los concursos de belleza de las escuelas públicas

En el ámbito internacional, la promoción de los derechos humanos en general, y en particular el impulso a la perspectiva de la equidad de género en la esfera educativa, forman parte de la agenda contemporánea de políticas públicas del sector. En nuestro país dicho enfoque ha sido postulado en varios niveles, está presente en la reciente reforma normativa, se está procurando en la elaboración de textos y otros materiales educativos, forma parte de la llamada “Nueva Escuela Mexicana”, se discute al seno de los consejos escolares y desde luego tiene presencia en la narrativa y el discurso público acerca de los cambios que se desean y se tratan de impulsar en el sistema educativo nacional en su conjunto.

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El otro derecho educativo

Una de las reformas constitucionales de mayor trascendencia fue aquella de junio de 2011 que modificó el enfoque de “garantías individuales”, presente en la Carta desde 1917, al reemplazarlo por la perspectiva de derechos humanos, lo que amplió, en varios sentidos, el alcance de la protección jurídica a los derechos individuales y sociales.

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