La mal llamada reforma educativa vs la bien nombrada reforma laboral. Y vuelve la burra al trigo

Sergio Martínez Dunstan

Para Ángel Rodrigo.

Ahora resulta que la mal llamada reforma educativa del 2013, la “peñista”, se convertirá en el 2019 en una bien nombrada reforma laboral “lopezobradorista”. ¡Qué extraño!

La semana anterior a ésta que transcurre, escribí sobre el Proyecto de Decreto para la Reforma Educativa 2019, documento preparado por las Comisiones Unidas de Educación y Puntos Constitucionales y advertí sobre algunos matices con relación a la iniciativa presidencial enviada el pasado doce de diciembre del año anterior al Congreso Federal. Al final de mi texto, planteé algunos preguntas sobre el Proyecto de Decreto. Cuestioné: “¿aglutina las ideas de las diversas expresiones partidistas, políticas, sociales, académicas, sindicales? ¿tiene el consenso necesario? ¿cuenta con el apoyo mayoritario de los Diputados y Senadores en las cámaras? ¿pasará sin modificación alguna? De no ser así ¿habrá concertación o concertacesión? ¿qué cambios le harán? (…) Sólo es cuestión de tiempo y del poder de influencia de los diversos sectores y actores implicados”. Mis dudas fueron fundadas.

Se citó para su análisis, discusión y aprobación del Proyecto de Decreto. Para evitarlo, la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) impidió los accesos a la Cámara de Diputados y también a la de Senadores que se pretendía constituirla como sede alterna. Al día siguiente, Andrés Manuel López Obrador ratificó su compromiso de campaña de abrogar la reforma laboral, la mal llamada educativa, con la finalidad de eliminar su carácter punitivo. Instruyó a los titulares de las Secretarías de Gobernación y Educación a reunirse con los inconformes.

No obstante que en el Proyecto de Decreto se menciona explícitamente: “En ningún caso afectará la permanencia de las y los maestros en servicio”; “se abroga la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) y se derogan todas las disposiciones contrarias”; “todo acto derivado de la LGSPD vinculado a la no permanencia de las y los maestros, queda sin efectos”; “se respetarán los derechos adquiridos los cuales no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva”; “se abroga la Ley del INEE y se derogan todas las disposiciones de carácter general contrarias”; y que en un plazo de 120 días se expedirán las leyes del Instituto Nacional de Mejora Continua de la Educación y la Ley General del Sistema para la Carrera de las y los Maestros a partir de la publicación del Decreto, una vez aprobado por supuesto.

Lo anterior fue insuficiente para lograr el consenso. Afectó los intereses de algunos detractores o de ciertos poderes fácticos. ¿Cuál es el desacuerdo real? ¿qué hay atrás o que dicen las letras chiquitas que no alcanzamos a ver? Los Diputados Federales oaxaqueños, emanados de ese movimiento “cnteísta” e integrantes del partido Morena (aunque la CNTE se ha deslindado de ellos y señala que nadie tiene la autoridad de hablar en nombre de ellos en la Legislatura), fijaron su postura en concordancia con los acuerdos asumidos con el magisterio por el Presidente de la República el día 12 de mayo en Guelatao Oaxaca, según el pronunciamiento publicado en algunos diarios (https://goo.gl/8nUhk3, https://goo.gl/xem3HD ).

Una de sus demandas es:

“Respaldamos categóricamente la demanda magisterial para que se consagre de manera clara y explícita que los trabajadores de la educación básica se rigen por lo dispuesto en el apartado B) del artículo 123 de la Constitución y su ley reglamentaria, de manera que no se les establezca un régimen laboral excepcional. Para ello, proponemos que se incorpore en el texto del dictamen que: La relación jurídica de los trabajadores de la educación, se llevará a cabo conforme al Apartado B) del artículo 123 Constitucional y su ley reglamentaria. No tenemos duda y es evidente que los maestros del país son trabajadores federales al servicio del Estado Mexicano, que deben cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos. Pretender lo contrario es ir en contra de los principios de igualdad jurídica, irretroactividad y progresividad de las normas de acuerdo a nuestro marco constitucional y las convenciones internacionales suscritas por nuestro país.”

Lo estipulado en ll Apartado B) del artículo 123 Constitucional y su ley reglamentaria, la Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (https://goo.gl/KkG1PL), algunos de sus postulados, contravienen lo establecido en el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sugiero consultar una de mis colaboraciones anteriores, (https://goo.gl/df9w8Q). De igual manera, se oponen también a la política en materia laboral de la actual administración. Y también a la misma reforma educativa 2019 en discusión. Por ejemplo: el Escalafón para efectuar las promociones de ascenso; los concursos para ocupar el 50% de las plazas vacantes y/o de nueva creación: la facultad del Sindicato sobre el resto, el otro 50 %, para ocuparlas por los candidatos que proponga; el carácter unitario y nacional del SNTE; o que ningún trabajador pueda ser cesado más que por renuncia, por muerte, incapacidad permanente o por resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Es decir, el influyentismo en su máxima expresión para designar a quienes ocuparán “sus” plazas o promoverán a puestos directivos. El ejercicio del poder político del SNTE a través de ciertas conductas que se creían superadas como el nepotismo, amiguismo, compadrazgo.

A lo anterior, se opuso la Reforma Educativa peñista. En el apartado introductorio al Decreto de la Reforma Educativa 2013 se menciona que la función magisterial tiene características que le brindan identidad propia y que la distinguen del resto de los servidores públicos más sin embargo en la actualidad no existe base constitucional para establecer legislación diferenciada para el personal de educación pública respecto a los demás trabajadores de la educación. Desde esta perspectiva se modificó el artículo 73 para Facultar al Congreso Federal a establecer el Servicio Profesional Docente.

La reforma educativa lopezobradorista contempla también modificar el artículo 73 para crear el Sistema de Carrera de las y los Maestros. Los Diputados Federales oaxaqueños se oponen a lo que ellos llaman “régimen laboral excepcional”. La reforma peñista y la reforma lopezobradorista tienen muchas diferencias entre sí pero también existe en ambas una gran coincidencia: Instalar para los ascensos laborales y los concursos para ingresar (peñismo) o admitir (lopezobradorismo) así como para promoverse en el servicio educativo un mecanismo distinto al escalafón. Lo que está en el fondo es lo laboral, no lo educativo, aunque hipócritamente se diga lo contrario. Y vuelve la burra al trigo. La mal llamada reforma educativa ahora resulta que se convertirá en la bien llamada reforma laboral. ¡Qué cosas tiene la vida, Mariana!

Información posterior

Aprovecho este medio para agradecer a los colegas que me invitaron para hablar sobre el tema en el evento realizado el pasado veintitrés del mes y año en curso en San Juan Teotihuacán. Para este fin, escribí algunas notas, las convertí en diapositivas y las utilicé para sustentar algunas de mis ideas. Expuse un análisis comparativo entre las reformas “peñista” y “lopezobradorista”. Proyecté sus alcances y limitaciones. Las comparto por sí les resultaran de utilidad: https://goo.gl/Pmf34x. La mal llamada reforma educativa vs la bien llamada reforma laboral. La reforma aún en suspenso.  

Carpe diem quam minimun credula postero

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