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¿Qué es el SIPINNA y cuál es su importancia?

Roberto Rodríguez Gómez

En su habitual conferencia de prensa, el 22 de junio el presidente de la República expresó su desacuerdo con el número y las funciones de los organismos públicos que no están bajo control directo de la administración pública federal. Señaló que estos fueron creados por los gobiernos anteriores para “comprar conciencias y voluntades” y que han resultado foco de corrupción. A modo de ejemplo, apuntó sobre el Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes señalando: “Me enteré de otro grupo, otro organismo, para la defensa del niño y de la niña; bueno y entonces ¿para qué está el DIF?” (Conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, 22 de junio 2020, minutos 44-45).

El “me enteré” es llamativo. En primer lugar, porque se trata de una entidad que el titular del Ejecutivo preside. En segundo, porque el SIPINNA fue establecido por mandato de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2014), y no por capricho de los mandatarios del PAN o el PRI. En tercer lugar porque dicho Sistema es un eslabón importante con el sistema de derechos humanos desarrollado por la Organización de las Naciones Unidas, en particular la UNICEF, y por último porque es un deber de los altos funcionarios conocer cómo funciona el gobierno. Es básico y exigible.

También llaman la atención estas expresiones al contrastarlas con los discursos que los titulares de la Secretaría de Educación Pública y de Gobernación expresaron en el marco de la presentación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2020-2024, acto celebrado el pasado 26 de febrero. Dicho programa es el principal instrumento del ahora cuestionado SIPINNA.

Entre otros argumentos, la titular de la Secretaría de Gobernación afirmó “El programa que hoy se presenta ayudará a México desde lo más profundo; el inicio de la vida de las y los mexicanos debe marcar una nueva historia, una nueva oportunidad de reinventarnos como sociedad para la reconciliación nacional a través de una cultura de paz.” (Olga Sánchez Cordero). Por su parte, el titular de Educación Pública dijo que “no hay inversión más importante para el Gobierno de México, que invertir en las niñas y los niños, porque no hay algo que determine más el futuro del país que tener una niñez sana, con un desarrollo físico y sicológico, mental, educativo, que les permita, precisamente, desarrollarse. (Esteban Moctezuma Barragán).

Veamos los elementos básicos del Sistema, creado en 2015. El SIPINNA es fundamentalmente un órgano de coordinación, sectorizado administrativamente en la Secretaría de Gobernación, con el propósito de implementar y desarrollar los derechos de protección a la infancia que la Constitución y normas derivadas han establecido. Lo integran, en el ámbito federal, el Presidente de la República, los titulares de SEGOB, SRE, SEDESOL, SHCP, SALUD, SEP, STPS, SNDIF, los 31 gobernadores y la jefa de gobierno de la Ciudad de México, así como los titulares de la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Además de la instancia de coordinación, cuenta el SIPINNA con una secretaría ejecutiva, actualmente a cargo de Ricardo Bucio Mújica, una Procuraduría Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y un Consejo Consultivo. La Secretaría ejecutiva cumple con tres encargos principales: Instrumentar los acuerdos de la junta de gobierno; coordinar a las secretarías ejecutivas de los órganos correspondientes en las entidades federativas, y diseñar, ejecutar y supervisar la implementación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PRONAPINNA), además de asesorar a las entidades federativas para los programas correspondientes en su ámbito territorial.

Ni la estructura operativa de la secretaría ejecutiva ni el presupuesto para el Sistema representan una carga económica importante, al contrario. El trabajo de la secretaría se sustenta en la operación de cuerpos colegiados que se integran con personal de otras áreas de la administración pública, como es el caso de las Comisiones: para el Seguimiento de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas; para la Primera Infancia; de Protección Especial de Niñas, Niños y Adolescentes; para poner fin a toda forma de violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes; para la Igualdad Sustantiva entre Niñas, Niños y Adolescentes; sobre Tecnologías de la Información y Contenidos Audiovisuales dirigidos a Niñas, Niños y Adolescentes, y el Grupo de Trabajo Interinstitucional (GTI) para el diseño de instrumentos normativos relativos a la evaluación de las políticas de protección a la infancia.

Además, dicha secretaría cumple funciones de representación ante organismos internacionales en la materia, así como de enlace con programas, proyectos y funciones de otras secretarías de Estado que tienen responsabilidades de atención a la infancia y adolescencia, como es el caso de la SEP, el sector Salud, y desde luego el DIF.

De los resultados de las actividades del SIPINNA y el PRONAPINNA puede uno enterarse con facilidad, porque los informes de ejecución están disponibles en el portal web del organismo, como también varias evaluaciones sobre el trabajo desarrollado, entre ellas la producida por el CONEVAL correspondiente al ejercicio 2016-2018. También se encuentran ahí documentos de UNICEF-México relacionados con los proyectos y prácticas del SIPINNA.

Modificar el diseño del SIPINNA y el PRONAPINNA sería un grave retroceso a estas alturas. Se debe entender que el DIF es una institución de asistencia y que el Sistema cumple un propósito distinto: la promoción de los derechos de la infancia y la adolescencia. Esperemos que el buen juicio impere sobre la voluntad de control.

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