SEP: El concepto de “competencias” está implícito en el plan de estudio

Juan Carlos Miranda Arroyo

Un campo problemático de estudio, en proceso de construcción y sobre el cual trazo una línea de investigación, es el referido a las líneas discursivas registradas sobre el concepto de “competencias” en la narrativa oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP, durante el periodo 2004-2022).

En la superficie, el concepto, enfoque o perspectiva del desarrollo de “competencias educativas” ha sido rechazado en el contenido del discurso oficial, sin embargo, hay elementos que permiten confirmar que esa noción (de competencias) está implícita en la propuesta actual del plan y los programas de estudio de la educación básica (Acuerdo SEP 14/08/22, publicado en el DOF el 19 de agosto de 2022).

También, esa línea discursiva sobre el enfoque “competencial” y sus accesorios narrativos están presentes, de manera implícita, en el contenido del texto constitucional (Artículo 3) y en la Ley General de Educación, actualizada en 2019, aunque ello se rechace en el discurso oficial reciente (ver Acuerdo secretarial de la SEP, del 19 de agosto de 2022).

A nivel de los documentos curriculares, es decir, en el marco general, así como en el plan y los nuevos programas de estudio para la educación básica (2022), se colocó el término “capacidades” en lugar del concepto de “competencias”. Un problema en este plano es que no se puede cambiar un paradigma con sólo modificar las palabras.

Al respecto, debo reiterar que sigo convencido de que la crítica al modelo o enfoque competencial y la búsqueda o construcción de alternativas, por parte de los diseñadores de la nueva propuesta curricular de la SEP, fue superficial e insuficiente. (sugiero la lectura del ensayo de Francisco Guzmán Marín (2012) “El concepto de competencias”, Rev. Iberoamericana de Educación, No. 60/4, para hacer un análisis más profundo).

También, por iniciativa de Esteban Moctezuma y su equipo, cuando estuvieron al frente de la SEP, se colocó el término “excelencia” en lugar del concepto de “calidad” en el renovado texto constitucional. Así mismo, se mantuvo la expresión de “máximo logro de aprendizaje” (instalado en la carta magna desde la reforma de 2013), y se incorporó la lógica de la “mejora continua” (conceptos, ambos, derivados del lenguaje y la racionalidad tecnocráticas).

El artículo 3º. de la Constitución política mexicana, reformado en 2019, establece en su fracción II: “El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además: (…) i) Será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad”.

¿Ese es el cambio de raíz que propuso esta administración federal en materia educativa? ¿O esos términos “intocados” de la era neoliberal son producto de una concertación política, dada en la coyuntura de 2019, de la dirigencia de Morena con los grupos parlamentarios de oposición?

Encontré el término “capacidades” 49 veces en el Acuerdo secretarial de agosto de 2022 (SEP, 140822), donde se formaliza el plan de estudio para preescolar, primaria y secundaria. Por su parte, el término “competencias” se registra 33 veces; la mayoría de esas menciones son de crítica. Mientras que el concepto de “excelencia” sólo se registra 5 veces (dos de las cuales están referidas como fuentes del profesor Perrenoud). Por su parte, la idea de “máximo logro de aprendizaje”, una vez; y “mejora continua”, 3 veces. Esto en un documento de 214 páginas, que contiene 354 notas al pie.

Ello se puede interpretar como un alejamiento o no alineamiento entre el contenido de la Constitución y la Ley General de Educación (2019), y el cuerpo discursivo del mencionado Acuerdo secretarial de la SEP (2022).

Pero ¿Qué son las llamadas competencias en educación? Una de las diversas definiciones o aproximaciones al concepto señala lo siguiente: Es un “Conjunto de conocimientos que, al ser utilizados mediante habilidades de pensamiento en distintas situaciones, generan diferentes destrezas en la resolución de los problemas de la vida y su transformación, bajo un código de valores previamente aceptado que muestra una actitud concreta frente al desempeño realizado” (Frade, 2007). La misma autora agregó lo siguiente, años más tarde: “Una competencia es una capacidad adaptativa, cognitivo-conductual para responder a las demandas del entorno con cierto nivel de adecuación” (Frade y colaboradores, 2011. En “Fortalecimiento para docentes 2011”. Tema 4. SNTE. México).

Las interpretaciones existentes en torno a ese concepto (el desarrollo de “competencias”), como parte de las reformas curriculares más significativas en la historia reciente de México han sido diversas, controvertidas y polémicas en un periodo histórico que pronto cumplirá 20 años: Porque dicho concepto se estableció en 2004 para el currículo de preescolar; en 2006 para secundaria; en 2009 para primaria; en 2011 para articular a la educación básica; en 2017-2018 como parte de la narrativa de un nuevo modelo educativo; y en 2022 como elemento discursivo, implícito, de la nueva escuela mexicana, en este último caso de manera especial, a pesar de su negación explícita.

El posicionamiento y decisión de los diseñadores institucionales de la SEP con respecto al enfoque de “desarrollo de competencias” en el modelo mexicano (Nueva Escuela Mexicana y anexos) que se registra en documentos oficiales, está dirigido a rechazarlo o desecharlo, al manifestarse en sentido contrario o de crítica. Sin embargo, al utilizar el término “capacidades” y emplear la noción de “máximo logro de aprendizaje”, entre otros conceptos, sea cae más en continuidad que en ruptura paradigmática.

Esto en el entendido que el núcleo problemático de análisis crítico del discurso (Van Dijik, 1999), que es el enfoque metodológico del estudio que realizo, aborda las tensiones, polarizaciones y contradicciones que las líneas narrativas, implícitas o explícitas, ponen de manifiesto en las propuestas curriculares oficiales; hechos que se expresan claramente al analizar dicho concepto (de desarrollo de competencias) en sus fundamentaciones, estructuras y argumentaciones curriculares: Las competencias como capacidades, como procesos esencialmente cognitivos o como paquetes de aprendizaje (conocimientos, habilidades y actitudes-valores), entre otros significados.

En México, la renovación curricular vigente para la educación básica (2022) tiene su raíz en los “nuevos consensos” políticos establecidos o alcanzados en 2019, en la coyuntura de la reforma educativa de la actual administración (de matriz obradorista o de la “cuarta transformación”). A partir de esos consensos o concertaciones parlamentarias surgió la idea, desde la SEP de Moctezuma, del Acuerdo Educativo Nacional, y luego, la noción de Nueva Escuela Mexicana como concepto y como dispositivo legal (ver su incorporación, por ejemplo, en la nueva Ley General de Educación actualizada en 2019).

Debido a esas condiciones discursivo-legales, considero que el cambio curricular está acotado o encajonado por los términos utilizados en el pasado y de los cuales no se ha podido desmarcar.

Así se expresa una de las notas al pie, en el cuerpo del Acuerdo secretarial de 2022: “En los últimos 50 años ha predominado una política curricular instrumental, eficientista, centrada en los resultados del proceso de enseñanza y aprendizaje, con un tipo de evaluación estandarizada que ha ignorado tanto a los procesos formativos, como a los sujetos de la educación y los contextos particulares en los que se realiza el trabajo educativo de las escuelas… Desde entonces, las políticas educativas han reducido el trabajo de las profesoras y los profesores a meros operadores de programas de estudios que instruyen de manera normativa los objetivos de aprendizaje, las competencias o aprendizajes clave; los contenidos y las orientaciones didácticas, así como los criterios de evaluación y la bibliografía que debe seguir el magisterio de manera homogénea y obligatoria en todas las escuelas del país, sin considerar la diversidad formativa, cultural, étnica y de género, o las características particulares del territorio en las que trabaja, incluyendo su condición social, económica, familiar, de salud, y sus aspiraciones.” (SEP. Acuerdo 140822, publicado en el DOF el 19 de ago. 2022, p. 57).

Por otra parte, y al girar la mirada al pasado: ¿Cuál fue el sustento o fundamento teórico-metodológico del modelo educativo que eligió la SEP (es decir, sus especialistas y funcionarios de alto nivel) acerca del diseño curricular “competencial” desde 2004, y concretado en planes y programas de estudio de la educación pública durante el período de aplicación de las políticas públicas neoliberales (2000-2018)?

Dice el texto del Modelo Educativo 2016-2017 (elaborado por la SEP del gobierno de Peña Nieto) que: “El currículo nacional debe fomentar el desarrollo de competencias para la vida que son fundamentales. Una competencia clave que estructura a otras es ‘aprender a aprender’, que significa aprender a pensar, a cuestionarse acerca de los diversos fenómenos, sus causas y consecuencias, a controlar los procesos personales de aprendizaje, así como a valorar lo que se aprende en conjunto con otros…”. “Una segunda competencia clave que está relacionada con el desarrollo de las habilidades socioemocionales de los niños y los adolescentes es “aprender a convivir”, ya que se trata de un fin que en nuestra época debemos enfatizar.” (Nuevo Modelo Educativo, SEP, 2017, pp. 46-47).

Como se puede observar en la cita anterior, la propia SEP confundió el desarrollo de competencias con la noción de habilidades básicas o “habilidades llave”. También a la SEP, en distintos momentos de su historia, le ha faltado rigor académico.

Cabe recordar que el desarrollo sistemático de las llamadas “competencias educativas clave” y los aprendizajes básicos que están implícitos en éstas, constituyen piezas centrales en el diseño curricular actual en la educación de las niñas, los niños y los jóvenes en distintas latitudes del mundo y en México. Pero el problema que presenta esa concepción, (que no es muy novedosa, ya que la OCDE la propuso desde los años 90 del s. XX, con la idea de las llamadas “key skills” o habilidades llave), no es tanto su origen empresarial ni su historial en las estructuras lingüísticas del mercado; tampoco es su definición o caracterización teórica-metodológica (o no sólo en ello está el problema), sino en su pertinencia y consistencia en relación con las necesidades educativas locales y su desconexión orgánica con las finalidades del proyecto educativo alternativo, específicamente en los planos de lo pedagógico y didáctico en un contexto de gobernanza, es decir, de no imposición. Por ello, considero que es necesario buscar los consensos posibles en torno al proyecto educativo para la nación.

Un escenario de esa naturaleza aún está pendiente de realizarse y quizá habría que construirlo en el futuro cercano.

jcmqro3@yahoo.com
@jcma23

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