¿Por qué una educación con perspectiva de género?

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece en su artículo 1° que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, religión, opiniones, y preferencias sexuales, entre otros. Además, en su artículo tercero menciona que los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y orientación integral.

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