Ordena Corte al CONACyT entregar recursos al Foro Consultivo Científico y Tecnológico

 

El Poder Judicial de la Federación ordena al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT) la entrega de recursos económicos suficientes para la operación permanente del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT) en tanto se resuelve juicio de amparo.

El Foro Consultivo fue creado en la Ley de Ciencia y Tecnología en 2002 con una finalidad: ser el puente de la comunidad científica, académica, tecnológica y del sector productivo para la expresión de su voz en el sector público. Su existencia atiende a la Recomendación sobre la Ciencia y los Investigadores Científicos de la UNESCO.

Desde su creación, el FCCyT ha recibido del CONACyT recursos económicos y apoyos necesarios para su operación permanente. Esto, por mandato legal previsto en el artículo 38 de la Ley de Ciencia y Tecnología:

“Artículo 38. El CONACyT otorgará por conducto del secretario técnico de la mesa directiva, los apoyos necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, lo que incluirá los apoyos logísticos y los recursos para la operación permanente, así como los gastos de traslado y estancia necesarias para la celebración de sus reuniones de trabajo.”

Durante 17 años, el Foro ha recibido favorablemente del CONACyT las Constancias de Conclusión Técnica y Financiera correspondientes al uso de recursos para la ejecución de su Programa de Actividades. La última Constancia favorable se recibió con fecha del 19 de agosto de 2019.

Generalmente, los recursos que se otorgan al Foro año con año, necesarios para su operación permanente, oscilan alrededor del 0.15% de los recursos asignados al CONACyT mediante el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Desde el 1 de julio de 2019 el CONACyT ha omitido otorgar los recursos al Foro.

Ante diversas solicitudes, el CONACyT ha respondido que no otorgará recursos al Foro para su operación permanente, y que únicamente apoyará proyectos específicos por un monto de hasta el 0.004% del Presupuesto anual de CONACyT, en lugar de otorgar el acostumbrado 0.15% de su Presupuesto para la operación continua del Foro. Esto, de manera contraria al artículo 38 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Para el Foro, una reducción de esa magnitud y la negativa de cubrir gastos de operación, sin justificación alguna, implica una afectación a su operación permanente y funciones legales, que redundan en acallar la voz de la comunidad científica, académica, tecnológica y del sector productivo en la política pública de la materia. Esto es una medida regresiva del terreno hasta ahora ganado en el desarrollo del derecho al goce de los beneficios de la ciencia y la innovación tecnológica reconocidos en el artículo 3º fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Foro Consultivo Científico y Tecnológico, como puente y garante de la voz de la comunidad, ha buscado el amparo del Poder Judicial la Federación para resolver la discrepancia existente con CONACyT, bajo parámetros de legalidad, más aún, buscando la protección del derecho al desarrollo de la ciencia y la innovación, fundamental para el desarrollo educativo, académico y económico de México.

Por ello, un Juez de Distrito ha concedido la suspensión provisional en favor del FCCyT, ordenando a CONACyT la entrega de recursos económicos suficientes para su operación permanente en tanto se resuelve el juicio de amparo.

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