El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) dar a conocer los nombres de los participantes que resultaron “idóneos” para obtener una plaza dentro del Servicio Profesional Docente, en los niveles de educación Básica y Media Superior, en el estado de Morelos, durante el ciclo escolar 2015-2016.
Está instrucción se da, después de que un particular solicitó la lista de aspirantes que concursaron para obtener una plaza en los subsistemas educativos del Estado de Morelos, en la que se especificara quiénes resultaron “idóneos” y “no idóneos”.
En respuesta, la SEP proporcionó tres vínculos para consultar las listas de prelación de los aspirantes en el Estado de Morelos, sin embargo no dio los nombres argumentando que “eran confidenciales”.
El solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI, el cual fue turnado a la ponencia de la comisionada Areli Cano Guadiana.
La SEP reiteró su respuesta original, precisando que los nombres clasificados correspondientes a aquellos aspirantes que resultaron “idóneos”, pero que no les fue asignada una plaza, así como los de aquellos que resultaron “no idóneos” dentro del proceso de promoción en educación básica, se consideraban clasificados. Adicionalmente se declaró incompetente con respecto a los aspirantes idóneos con asignación de plaza en el Estado de Morelos, orientando al particular a requerir la información a la Secretaría de Educación local.
Al exponer el caso, se advirtió que la respuesta de la SEP no satisfizo la solicitud del recurrente, ya que de los vínculos proporcionados no se desprenden los nombres de los aspirantes “idóneos” y “no idóneos” para obtener una plaza, además de que al omitir pronunciarse respecto de la entrega de los datos correspondientes al nivel medio superior, el sujeto obligado faltó al principio de exhaustividad
El INAI concluyó que en Educación Básica y Media Superior, los nombres de los aspirantes que resultaron idóneos, pero no obtuvieron plaza, así como los “no idóneos”, deben mantenerse reservados. No obstante, los nombres de los aspirantes al sistema de Educación Básica y Media Superior que resultaron “idóneos” y les fue asignada una plaza, se determinó que deben ser públicos y que la SEP es competente sobre ellos.
El Pleno del INAI modificó la respuesta de la SEP y le instruyó hacer una nueva búsqueda de la información en la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, a fin de dar a conocer los nombres de los participantes que resultaron “idóneos” y les fue asignada una plaza en los sistemas de Educación Básica y Media Superior del estado de Morelos, así como la elaboración, por parte de su Comité de Información, de acta, en la que clasifique como confidencial el nombre de los participantes “no idóneos” o “idóneos”, pero que no se les asignó una plaza, misma que debe ser entregada al particular