Por la redefinición del mérito docente en las leyes secundarias

El 15 de mayo es, por sí mismo, una fecha especial del calendario de las escuelas mexicanas.   Este año, además de servir para conmemorar socialmente la figura del docente, ha servido para la promulgación de diversas modificaciones legales en materia educativa que sustituyen a las realizadas en 2013.  Después de un amplio periodo de discusión, las modificaciones quedaron plasmadas en la Carta Magna. Sin embargo, estos cambios no fueron suficientes para despejar todas las dudas en relación al tema educativo, a falta aún de leyes secundarias que den precisión a los mandatos constitucionales. Una de las principales expectativas que se tiene en torno a éstas es la manera en que se interpretará el mérito docente para la consecución de ingreso y promoción en el servicio.

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Accesibilidad: tarea pendiente de la Escuela Mexicana

Uno de los componentes esenciales de la calidad educativa es la accesibilidad. Ésta exige del Estado “garantizar el acceso a la educación obligatoria de todos los niños que deberá ser gratuita en la edad normativa. Está relacionada con los aspectos materiales y económicos de la oferta educativa y con la no discriminación en sus servicios” (INEE, 2010, p. 27). Dicho de otra manera, la accesibilidad significa que el servicio educativo “debería ser legamente y de facto accesible para todos, incluso para los grupos más vulnerables …

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Dudas sobre la nueva Reforma Educativa

El pasado 12 de diciembre el Presidente de la República envió al Congreso de la Unión la iniciativa para la modificación de diversos artículos constitucionales en materia educativa. Fue hasta cuatro meses después, en la madrugada entre el 24 y 25 de abril, que la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que se modifican los artículos 3°, 31 y 73 constitucionales.  Si bien este hecho concreta cambios importantes en materia educativa, también da lugar a muchas incógnitas que seguramente serán despejadas con el surgimiento de las leyes secundarias correspondientes en los próximos meses.

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El espejismo del combate al tráfico de plazas docentes

“Podemos ver que se asignan plazas a partir del esfuerzo, el mérito y el resultado de lo que se obtiene en el examen. Sepultamos un viejo sistema donde lo que existía era la opacidad y el influyentismo y está naciendo un nuevo sistema en el que predomina el mérito y la absoluta transparencia”. Estas eran las palabras de Aurelio Nuño, entonces Secretario de Educación Pública, al encabezar un evento público de entrega de plazas docentes en la Ciudad de México, el pasado 8 de febrero de 2017 (https://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/politica/2017/02/8/quedo-atras-venta-de-plazas-aurelio-nuno).

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¿Cuántas comas quedarán de la Reforma Educativa de 2013?

Apenas instalada la LXIV legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el coordinador de la fracción mayoritaria aseveró enérgicamente que de la Reforma Educativa de 2013 no quedaría “ni una coma”, sugiriendo un proceso de cambio radical con respecto a las adecuaciones legales en materia educativa que se hicieron el sexenio pasado. Seis meses después de esta declaración, ha surgido el Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. El contenido del documento pone en entredicho la enjundiosa declaración que hizo aquel diputado, pues si bien contiene algunas propuestas que marcan una transformación con respecto a la política educativa actual, existen otras de las que se infiere una continuidad con respecto a errores que para muchos deberían ser corregidos.   

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El nuevo acuerdo de evaluación, entre líneas

El 29 de marzo de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 11/03/19 por el que se establecen las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de los educandos de la educación básica. Tal documento presenta cambios importantes con respecto a su predecesor: establece modificaciones a los informes de calificaciones de los alumnos, la manera de expresar los resultados de las evaluaciones y los criterios de acreditación y promoción.

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Pobreza y educación: ¿Quién gana la batalla?

Se cuenta con admiración la hazaña del indio oaxaqueño analfabeta que cuidaba ovejas en un pueblo miserable y después de estudiar leyes llegó a ser presidente del país. Más recientemente, se narra con asombro la historia de la niña de origen precario que tomaba clases al lado de un basurero y maravilló al mundo con sus aptitudes matemáticas, siendo catalogada como la sucesora de Steve Jobs. ¿Por qué estos dos hechos, tan distantes en el tiempo, son recordados con tanta fascinación? ¿Son su admiración un reconocimiento a que, generalmente, la pobreza a impide la trascendencia a través de la educación? Los discursos oficiales no dudan en presentar a la educación como el principal factor de cambio para el logro del bienestar individual y colectivo. Es indiscutible tal afirmación, sin embargo, los discursos soslayan una situación adversa: es la misma pobreza la que impide que los individuos puedan acceder a oportunidades educativas que les permitan superar la miseria; desafortunadamente, casos como los mencionados son excepciones a una generalidad confirmada por los principales indicadores educativos. Tal vez por eso llegan a ser noticia y hasta proezas legendarias que trascienden los siglos.  

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Cuotas escolares: entre la gratuidad y el abandono

El Artículo Tercero Constitucional establece que uno de los rasgos fundamentales de la educación mexicana es la gratuidad. Asimismo, en el artículo sexto de las disposiciones generales de la Ley General de Educación, se determina la prohibición del pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los niños y jóvenes. De esta forma, la inscripción, el acceso a la escuela, la realización de trámites o el otorgamiento de algún beneficio, no pueden estar condicionados al pago de alguna cuota, buscando así propiciar un trato igualitario para los alumnos. No obstante lo anterior, la Ley General de Educación no niega o prohíbe la existencia de las cuotas escolares, sino que les otorga el carácter de voluntarias y, por ende, intrascendentes para el goce del derecho a la educación. 

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Servicio de carrera del magisterio: que no tropiece con las mismas piedras

El pasado 12 de diciembre, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, junto con el Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán, presentó una iniciativa para abrogar la Reforma Educativa impulsada por la administración gubernamental pasada. En el texto que el titular del poder ejecutivo dirige al presidente del poder legislativo se establece, entre muchas otras ideas más, la necesidad “de un auténtico sistema de mejora continua de la educación a través del Servicio de Carrera del Magisterio que asegure a los docentes un desarrollo profesional que incida simultáneamente en la elevación de sus ingresos y prestaciones en términos reales, y en la superación de la calidad de la enseñanza impartida a los educandos”.  Así pues, se busca un sistema que, además de propiciar oportunidades para que los docentes perfeccionen sus capacidades laborales, aumentando también la calidad de la enseñanza, repercuta en las retribuciones económicas de los profesores.

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