Educación intercultural ahora

Martín Equihua

La nueva reforma educativa instruye a que en pueblos y comunidades indígenas la educación sea plurilingüe e intercultural, además de corresponder a los demás adjetivos aplicables al resto educativo. Es conveniente recordar que en lo que va del siglo XXI se han aprobado otras fórmulas similares, pero que todas ellas han quedado solo en buenas intenciones, pues en un balance apresurado puede decirse que tanto la educación indígena como la intercultural han quedado a deber, atadas aún a viejos moldes paternalistas.

El tiempo empieza a correr para esta nueva disposición, por lo que es conveniente trazar la ruta que le abra paso en las reglamentaciones que vendrán y, sobre todo, en las densas redes de intereses que permean el sistema educativo. Se requieren mecanismos claros para cristalizar este propósito que, por lo demás, estaba dictado desde antes por el marco normativo y conceptual de la Carta Magna y otros instrumentos legales.

Recuérdese que el Artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desde el año 2001 reconoce la composición pluricultural sustentada originalmente en pueblos indígenas, y precisa que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban el actual territorio nacional antes de la invasión europea del siglo XVI. Reconoce el derecho “a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad”. Así mismo, instruye a desarrollar programas educativos de contenido regional, que reconozcan la herencia cultural, en consulta con las comunidades indígenas, e instruye a promover el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación mexicana.

Por su cuenta, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, promulgada en 2003, reconoce los derechos lingüísticos, individuales y colectivos, así como el desarrollo de las lenguas, al mismo tiempo que ordena que las autoridades federales y estatales garanticen el acceso a la educación obligatoria en la lengua indígena nacional de la que sean hablantes.

Desde hace tres décadas, el pionero Convenio 169 de la OIT reconoce “el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos… los gobiernos deberán facilitar los recursos apropiados con tal fin.”

Y aunque no es vinculante, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, desde el año 2007 determinó que los pueblos indígenas tienen derecho a “establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje”, además de reconocer el derecho a “mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas”.

Otros instrumentos legales igualmente determinan la obligatoriedad de una educación plurilingüe e intercultural, como los dictados por la OEA o UNESCO.

Como se ve entonces, el problema no ha sido la falta de normas sino la crónica e impune inaplicabilidad de éstas.

TRASFONDO SOCIO EDUCATIVO

Si bien se nutre de ellas, el enfoque intercultural no puede concebirse como exclusivo para zonas indígenas, como ahora malamente se subraya en la reforma, porque termina siendo una nueva exclusión. Este enfoque que apuesta por una sociedad en la que se respete la diversidad de lenguas y culturas, bajo relaciones cada vez más igualitarias y de reciprocidad, debe asumirse en todas las modalidades y niveles educativos del país, urbanos y rurales, con el aporte local y regional y, por tanto, con el fortalecimiento de las múltiples identidades que cohabitan en México. Solo así se abonará a la construcción de la soñada sociedad intercultural.

Además, hay que señalar que la educación intercultural no debe sustituir a la educación indígena, sino que debe complementarla y fortalecerla, incluyendo lenguas, historias y culturas. Como sabemos, oficialmente la educación indígena se ofrece solo en los niveles de preescolar y primaria, pero no en los niveles de secundaria, medio superior o superior, salvo que en este último se cuenta con 12 universidades interculturales ubicadas en regiones indígenas, las que siguen cuestionadas en la pertinencia de sus planes y programas… “pensados en chiquito”.

La nueva reforma, es también una respuesta a la persistencia de la abigarrada realidad cultural, como lo muestra la Encuesta Intersensal del INEGI 2015, la que dio cuenta de que cerca de 25 millones de mexicanos se asumen como indígenas, y de los que cerca de ocho millones serían hablantes de las 364 variantes lingüísticas de las 68 lenguas indígenas nacionales. Algunos políticos y tomadores de decisiones todavía se encuentran en shock y no asimilan ni saben qué hacer con estos datos.

Pero es necesario revertir aspectos claves, como el hecho de más de la mitad de los maestros de escuelas primarias indígenas no sean hablantes de lenguas maternas; en tanto que en los otros niveles es necesario empezar de más atrás para instrumentar la modalidad, considerando algunos aportes como el Modelo de Bachillerato Intercultural a cargo de la CGEIB, el que por desgracia se ofrece solo “bajo demanda”.

En los hechos, pues, persiste la desatención educativa a este sector poblacional que permanece a la zaga en todos los renglones del desarrollo humano. El analfabetismo, por ejemplo, es tres veces mayor al resto de la población, mientras que la escolaridad promedio es de seis ante nueve años, respectivamente. Los adolescentes en edad de la educación media superior, por la parte indígena asisten 58 por cada 100, mientras que por el resto de población lo hacen 75 de cada 100. Las lenguas indígenas, cuando más, se utilizan como materia optativa, como son los casos de secundaria y de algunas universidades interculturales, pero no son usadas como instrumento del proceso de enseñanza y aprendizaje.

ASUNTOS DE LAS COMISIONES INDÍGENAS

Ante esto, las comisiones mal llamadas de Asuntos Indígenas de las cámaras de Diputados y Senadores, tienen hoy la oportunidad de generar sinergias político institucionales para fortalecer la inclusión de este enfoque intercultural y plurilingüe en todas las modalidades y niveles educativos del país. Cuentan con estatura política suficiente para convocar a los principales actores educativos, como son la Coordinación General de Educación Intercultural Bilingüe (CGEIB), la Dirección General de Educación Indígena (SEP), el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, las universidades interculturales y otros más, entre los que destaca hoy, la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Agropecuaria y Ciencias del Mar (UEMSTAYCM), cuyo nuevo director de ascendencia Yaqui, Cajeme Bojorquez, ha expresado pleno interés para incorporar este enfoque intercultural.

Las comisiones legislativas para estos “asuntos”, pueden contribuir a una agenda encaminada a vencer las resistencias al despliegue de este modelo civilizatorio, o asistiremos a una nueva promesa incumplida del orden institucional con los pueblos indígenas de México. Por lo pronto la promesa de la nueva reforma educativa se expresa así: “En los pueblos y comunidades indígenas se impartirá educación plurilingüe e intercultural basada en el respeto, promoción y preservación del patrimonio histórico y cultural…”. Al tiempo.

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